
Redacción | Piedras Negras, Coah.– El Ayuntamiento de Piedras Negras decidió escalar el conflicto por la integración del Consejo Directivo del SIMAS y promovió un recurso de revisión contra la sentencia que concedió el amparo, decisión que en ningún momento derivó en su remoción ni modificó la estructura actual del organismo. Esta nueva impugnación marca un nuevo capítulo en la disputa que desde el arranque de la ‘Nueva Historia’ mantiene enfrentados al alcalde Jacobo Rodríguez y al gerente general del sistema, Lorenzo Menera.
El Municipio sostiene que el Juzgado Tercero de Distrito incurrió en errores de interpretación y omisiones al valorar las pruebas presentadas. Según la postura oficial, la sentencia no tomó en cuenta que diversos organismos del sector social y privado solicitaron al Ayuntamiento —en el marco del artículo 24 de la Ley de Aguas Municipal— la revocación de los entonces representantes, lo que, a juicio de la autoridad, constituye ejercicio legítimo de autodeterminación sectorial. Para la administración, el juez exigió un estándar de comprobación que la ley no contempla y que incluso resulta imposible para la autoridad municipal.
Asimismo, el recurso también cuestiona la lectura constitucional del juzgador. El Ayuntamiento argumenta que los consejeros no poseen derechos adquiridos ni una relación de carácter individual con la administración pública, pues su función responde exclusivamente a la representatividad del sector que los designa. Bajo esa óptica, el Municipio considera que el artículo 16 constitucional fue aplicado de manera excesiva, confundiendo una decisión sectorial con un acto de autoridad que exigiría formalidades distintas.
Otra de las inconformidades presentadas ante el Tribunal Colegiado se refiere a la existencia del acto reclamado. Mientras el Municipio mantuvo una negación expresa sobre haber ejecutado revocaciones con los alcances descritos por los quejosos, el juez determinó que los actos eran ciertos basándose en documentos que, según la autoridad, no fueron suscritos ni validados por el Ayuntamiento. Para la administración municipal, esta situación invirtió la carga probatoria y vulneró la debida valoración de las pruebas.
Además, la defensa jurídica del Ayuntamiento acusa que la sentencia omitió analizar la falta de interés jurídico y la causal de definitividad, pese a que ambos planteamientos fueron expuestos en informes y alegatos. Según el Municipio, la simple protocolización de una sesión no constituye prueba de una designación válida conforme al artículo 24 de la Ley de Aguas, por lo que, de no existir certeza sobre el nombramiento, tampoco existiría derecho que ameritara protección constitucional.
El conflicto entre la administración de Jacobo Rodríguez y Lorenzo Menera se ha mantenido como una disputa permanente sobre la gobernabilidad del organismo. La revisión recién presentada confirma que la confrontación no ha terminado y que el litigio continuará en una instancia superior, prolongando la tensión institucional en gran medida dentro del SIMAS.
Tras conocerse la nueva estrategia jurídica del Ayuntamiento, el originario de Michoacán externó que la decisión “era esperada” y acusó a la administración de “estirar un conflicto que ya fue resuelto por la justicia federal”. Señaló que el organismo seguirá operando con normalidad y aseguró que el amparo concedido “no está en duda”, mientras reiteró que la gerencia trabajará “con firmeza, pese a los intentos de presión política”.
Con el caso ahora en manos del Tribunal Colegiado, la disputa promete mantenerse activa, mientras el Ayuntamiento insiste en corregir lo que considera una sentencia deficiente y busca reafirmar su posición legal, en un episodio donde la confrontación jurídica y política continúa escalando.



