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Frena jueza, por ahora, pase de Guardia Nacional a Sedena

Una jueza federal suspendió temporalmente el decreto que ordena transferir la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Karla María Macías Lovera, Juez Noveno de Distrito de Guanajuato, concedió a Ángel Castro Gómez, miembro del organismo no gubernamental Uniendo Caminos México, una suspensión provisional que impide por ahora transferir al Ejército el control operativo y el presupuesto de la corporación.

La juzgadora incluso estableció que en caso de que ya haya iniciado esa transferencia, la Sedena deberá restituir el control de los dineros y de la operación de la Guardia Nacional a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

«En consecuencia, con fundamento en los artículos 139 y 147 de la Ley de Amparo, se concede al quejoso la suspensión provisional solicitada para que las cosas se retrotraigan al estado que guardaban antes de la promulgación del decreto… y en consecuencia: B) No se transfiere el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Sedena, y dicho organismo continúe bajo el mando de la SSPC, como prescribe el artículo 21 de la Constitución», refiere el fallo.

«B) La SSPC y de la Defensa Nacional suspendan de inmediato la transferencia de recursos presupuestarios, financieros y materiales a que se refiere el artículo sexto transitorio fracción dos del decreto combatido. En el supuesto de que dicha transferencia haya iniciado ya, deberán restituirse todos los recursos de la Guardia Nacional a la SSPC en los términos previstos en el presupuesto de egresos de 2022.»

La jueza además avisa a la Secretaría de Hacienda que debe realizar todos los actos necesarios para que no se lleve a cabo la transferencia o, de ser el caso, restituya los recursos que ya hubiesen cambiado de jurisdicción.

Macías Lovera consideró que la incorporación de la Guardia Nacional a la Sedena «no sólo desdibuja la distinción entre funcionarios militares y de policía sino que aclara que para el legislador federal, las funciones de seguridad pública que llevan a cabo dichas guardias deben estar bajo el mando de la milicia».

«Esto, prima facie, contraviene frontalmente la Constitución, en particular el artículo 21, párrafos décimo y décimo segundo. Basta un ejercicio de mera aplicación del texto constitucional para concluirlo. De ahí que la alegación del quejoso tenga una fuerte apariencia del buen derecho que hace procedente la concesión de la suspensión solicitada», señala.

Esta determinación fue dictada el pasado lunes y estará vigente por lo menos hasta mañana viernes, cuando la jueza Macías celebre la audiencia incidental en la que resolverá si concede o no la suspensión definitiva.

De concederla, quedará congelada por tiempo indefinido la transferencia de la Guardia Nacional al Ejército.

El activista que promovió este amparo impugnó el decreto publicado el pasado 9 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, que reforma diversas disposiciones para que la milicia tome el control de la corporación.

El decreto reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Ley de Asenso y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

La jueza tiene el antecedente de haber dictado siete sentencias en enero del año pasado, en las que declaró como inconstitucional el Acuerdo presidencial que faculta a las Fuerzas Armadas para ejercer labores de seguridad pública hasta marzo de 2024.

Con información de Reforma

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