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Estado

Coahuila sanciona a 10 pedreras por incumplir con regulaciones

El coordinador de Inspección, Vigilancia y Auditoría Ambiental, señala que las empresas están obligadas a presentar los estudios perimetrales de partículas que se emiten.

En lo que va del presente año, la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Coahuila (Propaec) ha sancionado a 10 empresas pedreras en la entidad, por incumplimiento de las regulaciones que operan en la materia, la mayor parte por no contar con las autorizaciones que deben solicitar para la extracción.

Además, se ha procedido a cierres totales temporales en cinco empresas de este giro en lo que va del año, con carácter preventivo; aunque tienen el derecho de poder regularizar su situación, por lo que la totalidad ya han sido reabiertas.

Érick Alejandro Pérez Valero, coordinador de Inspección, Vigilancia y Auditoría Ambiental de la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Coahuila, informó que en la entidad se encuentran registradas alrededor de 45 pedreras y la mayoría se ubican en la Región Laguna, como es el caso de Torreón; además de Arteaga, Saltillo, Piedras Negras y en menor cantidad en las ciudades de Monclova y Acuña. Dentro de ese listado hay varias que solicitan permisos para proyectos de poco tiempo, hasta 6 meses o un año, luego de lo cual se retiran; “nos ha tocado casos de extracciones de material para la rehabilitación de la Carretera Cutrociénegas-San Pedro, y como está muy cerca a una zona de reserva ecológica, se han dado los permisos por 6 meses únicamente, pues el proyecto de la rehabilitación es relativamente rápido”.

Actualmente son entre 15 a 20 las que ya están establecidas y constituidas con un estudio de mercado y cuyos clientes generalmente son de la comunidad, como el caso de Saltillo en su colindancia con Arteaga y Carneros, “que surten a la zona metropolitana en cuestión de agregados de gravas y arenas”, con autorizaciones para el banco donde van a extraer, o su cantera, que son según su volumen y proyección de ventas.

“En base a eso, dicen, son cinco años los que me voy a tardar en sacar tantos metros cúbicos y quiero mi proyecto para cinco años, para después abrir otra cantera u otro banco en el mismo predio que es de la empresa; y así se van, es según la oferta y demanda”.

Las sanciones varían según la infracción que cometen y el tamaño de la empresa, así como el impacto que causan al medio ambiente, y van desde las 100 hasta las 50 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), cada una de las cuales es de alrededor de 90 pesos; se toma en cuenta también la superficie de afectación, los daños ambientales que puedan provocar, y si su operación es de plano ilegal, por lo que puede llegar a la clausura total definitiva.

Se tienen operativos constantes por regiones en todo el estado; por parte del área de inspección ya sea para vigilancia y a observar, o bien por denuncia popular si se tiene un predio afectado por la actividad, vía telefónica, correo electrónico o presencial, con el resguardo de los datos personales si la persona lo decide; en este sentido precisó que en lo que va de 2021, se han presentado alrededor de 25 quejas contra las pedreras.

“La intención es que nosotros como procuraduría ir y abrir procedimientos administrativos para que se regulen o resarcir el daño”.

Aseguró que por ahora sí han estado cumpliendo, presentando reportes donde informan cómo se está trabajando, las superficies, volumetrías, y las emisiones también.

Impacto ambiental

Entre los requisitos está la Manifestación de Impacto Ambiental, autorización que se expide por parte de la Secretaría del Medio Ambiente del Estado, además de regulaciones federales como el cambio de uso de suelo de forestal a la actividad de extracción.

“Nosotros vemos en sí la actividad de extracción, aprovechamiento y beneficio, que es la trituración, ya sea grava, arena o lo que se pretenda sacar, en este caso también es de competencia estatal el mármol”, detalló.

Dependiendo del proyecto que presenta la empresa, si el giro es únicamente extracción, se le pide también la Licencia Anual de Extracción de Material Pétreo, además de que tiene que estar reportando cuáles son los volúmenes que va a extraer.

El año pasado se hizo un cambio en la Ley de Emisiones a la Atmósfera donde se obliga a las empresas con una periodicidad mínima de dos años a presentar los Estudios Perimetrales de Partículas que se emiten al ambiente, lo que aseguró ya se ha hecho por parte de las empresas establecidas de manera más permanente; pues además otros requisitos necesarios implican para su cumplimiento, pasar por dichos análisis.

“Al momento de estar haciendo la trituración, sacando la roca para disminuirla de tamaño, se generan polvos y la Secretaría del Medio Ambiente y nosotros estamos solicitando una Licencia en Cuestión de Emisión de Contaminantes a la Atmósfera, con esto la empresa está diciendo sí estoy emitiendo partículas a la atmósfera y tengo estos equipos que pueden generar este tipo de partículas”.

Si se modifica la capacidad de producción o se mete otra maquinaria, se tiene que hacer una actualización y volver a hacer los estudios, por lo cual la forma de refrendar esa licencias es a través de una Cédula de Operación Anual en la cual la empresa tiene que reportar qué contaminantes está emitiendo a la atmósfera, y una forma de conocer eso es a través de los análisis y estudios que se actualizaron recientemente.

“La intención es de que se esté monitoreando más seguido con los laboratorios para que nos dé unos datos más reales a cómo va cambiando el tiempo, tiene mucho que ver la velocidad del vientos y si llueve o no, si llueve no se va a generar polvo, si está muy cálido y con mucho sol está el polvo más seco y entonces se genera más; se pretende tener una información que esté en constante actualización”.

Esto incluye los análisis de las partículas menores a 10 micras pues la Norma Oficial Mexicana que les aplica, marca los límites máximos permisibles, que anteriormente incluían partículas suspendidas totales, es decir cualquier tamaño en la partícula se medía; pero ahora “que se ha comprobado que ciertos tamaños de partículas afectan más a la salud, se determina que se deben medir las partículas menores a 10 micras y las menores a 2.5 micras, porque esas entran al sistema respiratorio sin que las barreras naturales del humano las puedan detener y afectan a los pulmones”.

Aquí también se estableció un límite de 75 microgramos por metro cúbico, y ya que la solicitud de cumplimiento de la norma es mediante estudios con laborato- Zapata rios que están certificados ante la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA), al hacer ese monitoreo durante 24 horas se determinan los valores y se tiene un método de medición con estándares y modos en que se debe llevar a cabo el análisis.

“Si sale que la empresa no está emitiendo por arriba de los límites máximos permisibles, está cumpliendo… eso nos da una certeza de que los resultados que nos está presentando este laboratorio son ciertos, son verídicos, porque se debe cumplir con los protocolos que marcan las normas”.

Dentro de la autorización existe una compensación ambiental que se maneja por tablas y que va en función de la superficie que se va a ver afectada al llevar a cabo la actividad, dentro del reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, en materia de Impacto Ambiental; “puede haber un permiso para una empresa para explotar una hectárea y otra que pretende explotar cien”.

Así, se tienen cuatro fases del proyecto: Preparación de Sitio, que es el desmonte; la Operación, el Mantenimiento y el Abandono de Sitio, en que por lo general se procede a reforestaciones, plantación de vegetación, estabilización de taludes y control para la erosión; “no se puede otra vez volver a lo mismo que estaba antes, pero si lo más semejante”.

Cementeras

Aunque las cementeras son de competencia federal, llevan a cabo actividades que son de competencia estatal como es la extracción del material de la caliza y tienen autorizados bancos por lo que están en constantes reportes y actualizaciones; de manera que a ellas también se aplica que tengan que hacer el estudio de cada dos años, “es el caso de la de Holcim que tienen creo que un banco que ya no están usando y uno que sí está habilitado y ellos están en orden”, sostuvo.

Cabe mencionar que se solicitó a la Secretaría del Medio Ambiente de Coahuila (Semac) el listado de empresas pedreras en la entidad y sus direcciones, a lo que la dependencia respondió que se haría llegar posteriormente, sin embargo más tarde el área de comunicación de la dependencia solicitó las razones por las cuales se requería la información y posteriormente adujo que no se le había autorizado a compartirla pese a que ya se tenía lista.

En el sitio oficial de la Semac se localizó un listado de las empresas que se tienen registradas con y sin autorización vigente en el estado en el giro de pedreras, las primeras que suman 41, aunque dicho listado sólo contiene la ubicación por municipios, sin que se detalle su dirección exacta.

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